La Comisión de Presupuesto, Tasas y Hacienda, señaló en su dictamen que resulta necesario establecer un proceso de habilitación de comercio exprés para aquellos rubros comerciales entendidos como de bajo riesgo según la presente ordenanza, contra presentación de declaración jurada por parte del contribuyente y verificación de las áreas correspondientes del municipio.

Son considerados de bajo riesgo aquellos pequeños comercios o locales de servicios donde no se manipulen alimentos, productos y/o elementos combustibles o tóxicos que puedan significar un peligro para la salud humana y/o medio ambiente y se realicen en locales cuya superficie total no exceda los 50 metros cuadrados. Es objetivo del Municipio constituir una administración al servicio del ciudadano, agilizando los tiempos y evitando obstáculos burocráticos en pos de lograr mayor eficacia en los trámites que diariamente realizan los contribuyentes de nuestra ciudad.

Además, el expediente aprobado indica que este modelo de habilitación de comercio exprés permite a los contribuyentes obtener una licencia provisoria y comenzar sus actividades en un plazo no mayor a 5 días de solicitada, un proceso ágil y rápido siempre que se cumplan con los requisitos de la presente ordenanza. En virtud de lo expuesto y siendo facultad del Concejo Deliberante introducir las modificaciones propuestas